El 18 de diciembre el Congreso del Estado aprobó modificar el Código Penal de Aguascalientes a fin de garantizar la legítima defensa de los ciudadanos para con los delincuentes, siempre y cuando esta se lleve a cabo de manera proporcional a la agresión cometida.
Con ello, se justifica por ejemplo que si un ciudadano es amenazado con una pistola, el ciudadano pueda sacar la suya propia y defenderse del individuo que ingresó a su vivienda, sin embargo no cualquier ciudadano puede portar un arma.
Para que una persona física pueda portar un arma que no sea de uso exclusivo del Ejército deberá: Tener un modo honesto de vivir, haber cumplido (los obligados) con el Servicio Militar Nacional, no tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas, no haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas y no consumir drogas, enervantes o sicotrópicos, entre otros requisitos.
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